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La democracia, garante de los derechos humanos

La democracia, garante de los derechos humanos

Las definiciones tradicionales sobre democracia ya no corresponden a las realidades actuales de los sistemas políticos con ciudadanías cada vez más críticas y participativas en torno al cumplimiento de un conjunto de derechos fundamentales. Lo cual se refleja en un déficit entre sus alcances teóricos, los resultados esperados y sus efectos reales en las formas de organización social.

La primera distinción fundamental que se hace de los regímenes, es entre los no democráticos y los democráticos. En la gama de regímenes no democráticos podemos encontrar a las Dictaduras, los Totalitarismos, las Oligarquías, los Caudillismos, el Caciquismo, los Sultanatos, los Regímenes Autoritarios como los burocráticos militares, el Estatalismo Orgánico, de Movilización post-democracia, de Movilización post-independencia, las Democracias Raciales, los Totalitarismos Imperfectos y los Regímenes post-totalitarios, cuyas definiciones en particular no abordaremos, pero que en general, implican la supresión de un conjunto de derechos políticos, económicos, sociales y civiles.

En lo que se refiere a los regímenes democráticos, tenemos que, en toda democracia, existe un desfase sustancial entre democracia ideal y democracia real que nos plantea un desafío: ¿podemos encontrar formas de hacer más democráticos a los países ya democráticos? Este contraste entre lo deseable y lo posible, tiene como base el ideal de lo que debe ser la democracia y cómo es que siempre es susceptible de mejorar.

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El modelo de tipos ideales fue principalmente una aportación del sociólogo Max Weber (2004), como una metodología para explicar causalmente la “acción social” y hacerla comprensible, lo que se denomina como sociología comprensiva. De hecho, la sociología política es una de las ramas dedicadas a estudiar los distintos tipos de convivencia entre los seres humanos, no a partir de las instituciones, sino de las personas como sujetos sociales.

Ésta es quizá una de sus principales aportaciones en la discusión actual sobre la democracia, sus condiciones y sus resultados, porque el punto de partida no son las leyes ni las instituciones, sino las personas como sujetos y actores de la democracia, y, por lo tanto, cualquier tipo de cambio que se dé en el sistema político, debe ir encaminado hacia la atención y beneficio de las personas, más que de las instituciones. Para diferenciar la democracia real de la democracia ideal, Hans Kelsen pone como ejemplo:

…la democracia real supone la unidad del pueblo entendido como objeto de poder, como conjunto de los actos humanos regidos por la ordenación jurídica del Estado, mientras que la democracia ideal implica la unidad del pueblo entendido como sujeto de poder, como gobierno del pueblo por el pueblo. La democracia ideal, supone, por tanto, identidad de dirigentes y dirigidos, del sujeto y objeto del poder del Estado. Tal unidad del pueblo como sujeto (coincidencia de pensamiento, sentimientos y voluntades, solidaridad de intereses, el mito de la voluntad popular) no se dan la realidad nunca. Por ello la democracia ideal constituye un mero postulado ético político (Kelsen, 1974, pp.29-34).

Esta distinción es valiosa porque coloca en el centro de las definiciones, tanto de la democracia ideal, como de la democracia real, al pueblo; ya sea como objeto o como sujeto del poder. La relación y no sólo la diferencia entre ambas, establece de manera teórica, que el sistema político democrático debe encontrar en el pueblo o en la sociedad, el origen y el resultado de sus acciones de gobierno y del ejercicio del poder. Bajo esta perspectiva, la democracia ideal y la democracia real, deben tomar como punto de partida la relación con la sociedad, y no las instituciones o componentes del sistema.

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La democracia real implica el conjunto de interacciones sociales regidas por las leyes y los mecanismos de la democracia, es decir, representa la aplicación práctica sobre el pueblo, de sus valores y principios. Mientras que la democracia ideal significa la relación inherente entre gobierno y gobernados, entre el pueblo y las instituciones de la democracia; implica la identificación plena de quienes dirigen y quienes son dirigidos.

Pero como la democracia encuentra su origen en el pueblo, la democracia ideal es considerada por Kelsen (1974), como un postulado ético político. Es decir, el pueblo se encuentra como origen y destino de la democracia. De aquí el surgimiento de una brecha aparentemente insalvable entre democracia ideal y democracia real, porque los problemas que se derivan de la definición ética de los principios y de los valores de la democracia, repercuten en la práctica y en el ejercicio de la democracia.

Es indispensable fortalecer el concepto de democracia ideal para un adecuado desarrollo tanto de la teoría como de la práctica democrática. Su función no es convertirse literalmente en hechos, sino representar una guía o un punto de referencia para cuestionar y mejorar la práctica real de la democracia.

El objetivo esencial de la democracia ideal es convertirse en un parámetro que permita identificar cómo es que operan las democracias reales y en ese sentido, cómo es posible mejorar la democracia en los hechos; cómo es posible colocar a los ciudadanos como sujetos de derechos políticos; y cómo se pueden identificar la voluntad del pueblo con la voluntad del gobernante.

Por lo tanto, es imprescindible contar con la definición específica de democracia que se requiere, la que más se acerque al ideal democrático y la que más se acerque a las necesidades y demandas de la sociedad.

Definiciones Básicas:  

En el marco de un conjunto de definiciones básicas, son democráticos todos los regímenes cuyas normas vigentes prevén la protección de los derechos políticos y civiles de los miembros de la comunidad política.

Por ejemplo, se garantizan efectivamente los derechos de reunión y de asociación, la libertad de pensamiento, palabra y prensa y el sufragio universal; implica competencia política y existencia de oposición, formas amplias de participación, elecciones libres, competitivas y periódicas, elegibilidad de todos los ciudadanos para los cargos públicos, partidos políticos fuertes y fuentes de información diversas y alternativas.

Norberto Bobbio, uno de los teóricos más reconocidos por sus aportaciones intelectuales en el ámbito de la democracia moderna como método y como forma de organización política, define cuatro de sus criterios procedimentales (no sustantivos):

  • El sufragio adulto igual y universal;
  • Derechos cívicos que aseguran la expresión libre de opiniones y la organización libre de corrientes de opinión;
  • Decisiones tomadas por mayoría numérica; y
  • Garantías de los derechos de las minorías contra cualquier abuso por parte de las mayorías.
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La definición bobbiana de democracia se compone de tres elementos: la definición formal o procedimental, la tradición liberal de los derechos del hombre, y la concepción también tradicional del Estado de derecho. Fue tanto el auge de tal definición, que, al término de la segunda guerra mundial, los países de la zona del capitalismo avanzado comenzaron a instrumentar éstos criterios mínimos bajo la figura de democracia representativa.

Otra de las definiciones más precisas de la democracia entendida como mero procedimiento de organización política, es la que formuló Joseph A. Schumpeter:

  • la democracia es un método político, un cierto tipo de concierto institucional para llegar a las decisiones políticas –legislativas y administrativas- y por ello no puede constituir un fin en sí misma, independientemente de las decisiones a que dé lugar en condiciones históricas dadas. …se trata de una democracia procedimental sustentada en una serie de universalidades procesales, como las elecciones competitivas, partidos políticos en libre competencia, libertad del electorado y aplicación del juego de las mayorías y minorías. De este modo queda excluido de la democracia cualquier contenido valorativo o finalista, no caben compromisos con referencia a valores o fines (Jáuregui, 1994, p. 25).

Giovanni Sartori (1965) por su parte, propone la definición estricta de democracia como aquella en la que se cuenta con derecho universal al sufragio, en donde existe convocatoria periódica y regular a elecciones, se garantiza la libertad de asociación para presentar candidatos, el acceso a los medios de comunicación, la neutralidad del gobierno en la organización de elecciones, en donde se proporcionan garantías para una libre emisión del voto, para el recuento público de los votos, la aplicación de las reglas preestablecidas para adjudicar escaños y/o curules, así como una instancia independiente para dirimir conflictos electorales.

Como se puede desprender de la definición, tanto el sistema electoral como el sistema de partidos, se consideran como esenciales en la democracia; lo cual se traduce en que el contenido de su definición se inclina hacia los procedimientos y mecanismos para determinar quién puede competir por el poder y cómo es que se puede acceder a éste.

En este sentido, los sistemas electorales sólo determinan cómo los votos del pueblo se transforman en escaños parlamentarios e influyen sobre si el electorado vota por un partido o por una persona. La importancia de los sistemas electorales recae en el tipo de interacción que mantenga con el sistema de partidos, y por consecuencia en la forma en que se da el proceso de cambio social. Tal importancia se debe a los efectos que surten en dos distintos ámbitos.

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Por un lado, afecta en los votantes y por otro, sobre el número de partidos. Sobre los votantes, el efecto puede ser limitante, manipulador y represor, según sea el caso; y sobre el número de partidos, tiene un efecto reductor, pues si el sistema electoral no disminuye el número de partidos, estaremos hablando de un sistema no eficiente.

En cuanto al sistema de partidos, se puede considerar como un sistema de canalización de la sociedad política, y cuando el electorado da por obvias el conjunto de reglas y alternativas políticas como forma de expresión, entonces el sistema de partidos ha llegado a una etapa de consolidación estructural.

Sin embargo, la definición fundamentada tanto en el sistema electoral como en el sistema de partidos, encuentra su valor esencial en los procedimientos institucionales y legales para acceder al poder, más que para otro objetivo.

Definición intermedia

La mayor implicación del conjunto de definiciones básicas sobre la democracia, es que proporcionan como ya lo vimos, un piso mínimo para establecer una nueva relación entre las sociedades actuales y los sistemas políticos democráticos. El sentido de la definición intermedia, es la inclusión paulatina, aunque limitada, de los principios de igualdad y de libertad en ciertas funciones de la democracia.

Juan Linz (1979) define a la democracia como:

  • …el sistema político para gobernar basado en la libertad legal para formular y proclamar alternativas políticas, en una sociedad en donde se garantizan libertades como la de asociación y expresión y algunas otras libertades básicas de los individuos que hacen posible una competencia libre y no violenta entre los líderes o los grupos que aspiran justamente a gobernar con una revalidación periódica del derecho a gobernar, es decir, elecciones constantes, cíclicas, con la participación de todos los miembros de la comunidad política, cualquiera que fuese su preferencia, siempre y cuando esta preferencia se exprese en una arena política…” (Linz, 1979, p. 17).

Como definición intermedia, la democracia se plantea sólo como un método para gobernar; a través de la libertad de asociación y de expresión, entre otras libertades, se hace posible la competencia electoral pacífica y regular, en un espacio delimitado que se denomina como político y mediante la participación de quienes forman parte del sistema político democrático.

La diferencia principal de esta definición con respecto a las definiciones básicas, es que éstas últimas no consideran en su enunciación los principios de igualdad y de libertad, mientras que la definición intermedia, sí los considera, aún de manera limitada al ámbito de lo político-electoral.

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En esta definición, al concentrarse específicamente en las funciones de gobierno, nos encontramos nuevamente frente a la problemática que implica el predominio de los procedimientos y de los mecanismos de acceso y distribución del poder, por encima de la atención y solución satisfactoria a la mayor parte posible de las demandas de la sociedad.

No obstante que se limita al ámbito de lo político y de los procesos electorales, la inclusión de la libertad en ésta definición intermedia, representa un avance con diferencia en las que aquí se agrupan como básicas. La segunda parte de la definición propuesta por Linz consiste en que:

  • …la democracia demanda justamente, la libertad amplia y plena para crear partidos; la libertad para realizar elecciones libres sin limitaciones para el sufragio –es decir, un sufragio amplio, incluyente y universal-, en donde no se excluyan a determinados grupos sociales en razón de su raza, religión o preferencias. Asume la existencia de una comunidad política, dado que eligen de manera libre a sus representantes, a quienes van a gobernar y a quienes van a ejecutar las leyes. Implica una competencia plural, honesta y libre. Dado que el poder no puede ser ejercido por todos, es necesario participar en elecciones, a efecto de designar a los gobernantes (Linz, 1979, p. 17).

Al plantearse la democracia como método de gobierno, se hace necesario un conjunto de medios que permitan su aplicación y ejercicio. Dichos medios están representados por los partidos políticos, mediante los cuales se puede competir por el gobierno; por las elecciones y la participación, que permitirán definir a quienes deben ocupar los puestos de gobierno; por el sufragio amplio, incluyente y universal, que implícitamente considera el principio de igualdad y de la no discriminación en razón de la raza, religión o preferencias; y por la representación, como un derecho de la comunidad política ante los gobernantes.

De esta manera, la definición de democracia que aquí se clasifica como de tipo intermedio, se dirige hacia el establecimiento de un método de gobierno, que se puede ejercer mediante la existencia de partidos políticos, de procesos electorales regulares, de la participación a manera de expresión de preferencias, del derecho al voto y de la representación política, que en su conjunto, implican los principios de igualdad y de libertad, pero limitados y enfocados al ámbito de lo político por encima de lo social.

En el contexto y circunstancias de los sistemas políticos actuales, se tiene que tomar en cuenta la necesidad de una nueva perspectiva teórica que permita no sólo explicar, sino ayudar a reducir la distancia o el desfase entre las definiciones teóricas de la democracia y los resultados que están obteniendo.

Si bien la definición de Juan Linz representa un avance significativo en cuanto a la consideración de los principios de igualdad y de libertad en la democracia, todavía no llegamos a un nivel en el que ambos principios se consideren como valores esenciales de los sistemas democráticos. Es decir, como el origen y sustento de la democracia.

En este sentido, la definición que aquí discutimos aún como método y como medio para ejercer la democracia, a través de la igualdad y la libertad estrictamente políticas, se encuentra todavía lejos de ponderar en su justa dimensión, la relación entre la sociedad, sus demandas y el sistema político democrático.

Modelos de democracia

Los modelos de democracia que han tenido lugar en diversos países del mundo y a través de la historia, de alguna manera han correspondido al contenido de las definiciones tanto básicas como intermedia de la democracia, y se han utilizado como referentes empíricos. Por esa razón, adolecen de las mismas limitaciones en cuanto al lugar e importancia que se le otorgan a la igualdad y a la libertad de las personas, así como al conjunto de demandas y de expectativas sociales.

Básicamente, se dividen entre los que pertenecen a los modelos clásicos y los que se establecieron en las sociedades contemporáneas. Cada uno de ellos, cuenta con un principio justificativo que se refiere a la parte sustantiva y que da contenido a la variante de la democracia.

A la democracia en cualquiera de sus modelos, se le ha relacionado de una o de otra manera con la igualdad y con la libertad como principios que la justifican; pero el hecho es que ambos principios tienen como objetivo y destino, el ámbito político-electoral.

De aquí se deriva la importancia de iniciar una nueva discusión sobre el tipo y funcionamiento de la democracia que se requiere en la actualidad, así como de los principios y valores sobre los que se debe sedimentar.

Si el aspecto formal o legal de las democracias actuales no satisface del todo a las demandas sociales, es necesario conocer cuáles son los componentes del sistema político que no están funcionando, cómo se pueden mejorar y de qué manera se pueden replantear para colocarlos al nivel de los problemas y de las demandas.

Se requiere plantear una discusión sobre la democracia moderna, que vaya de los aspectos teóricos, institucionales y político-electorales, a los aspectos de atención a las demandas y a la salvaguarda de la igualdad y de la libertad. Se requiere pasar del análisis de la democracia en términos de procedimientos, al análisis de la democracia en términos de sus resultados.

Los modelos clásicos y los modelos contemporáneos:  Una de las clasificaciones más explícitas sobre la democracia, ha podido identificar dos modelos: los modelos clásicos y los modelos contemporáneos que, en conjunto, suman nueve tipos distintos. Los modelos clásicos, incluyen como principios básicos los de la igualdad, la protección, la participación y la libertad, y se dirigen principalmente a los ciudadanos. Abarcan el periodo desde la antigua Atenas, hasta la implementación de los primeros sistemas políticos socialistas.

En segundo lugar, los modelos contemporáneos abanderan principios como los del gobierno legítimo, la libertad política, el gobierno de las mayorías y la participación política, y consideran como principales destinatarios a las elites gobernantes, en cuanto al derecho adquirido sobre los ciudadanos. El cuadro siguiente muestra de manera esquemática los tipos y el contenido esencial de cada uno de ellos.

Igualdad y libertad como valores políticos de la democracia

Los principios justificativos de la democracia son los que otorgan sentido y contenido al sistema político; son la base de su organización y sus resultados.

Sin embargo, como se desprende del análisis sobre sus definiciones y variantes, no existe sólo una tendencia que determine el contenido y el carácter de la democracia, sino diferentes objetivos e intereses que prevalecen y que conforme a ellos, se dirige a la democracia; ya sea para perfeccionar los mecanismos de elección y de relevo de los gobernantes, o para ampliar el espectro de derechos políticos que al final, pueden mejorar o hacer más eficientes los procesos de elección y de decisión; lo cual no constituye otra cosa más que un círculo en el proceso de cambio de los sistemas políticos que va de las reformas legales y/o institucionales, a las reformas de los mecanismos y de los procedimientos.

No obstante, es necesario explicar que, si bien no hay sólo una tendencia que determine el carácter y el contenido de la democracia, lo que sí existe, son criterios y argumentos que han relacionado históricamente a la democracia con la igualdad y la libertad como sus valores sustantivos, y que, por lo tanto, debieran ser los principios rectores de los sistemas democráticos actuales, porque implican de lleno, el mejoramiento tanto de sus condiciones como de sus resultados.

Por ello, de aquí en adelante entenderemos a la igualdad y a la libertad como “valores políticos” de la democracia, bajo la advertencia de que no se constriñen al ámbito de lo político o de los procesos de elección ni de decisión, sino como parte fundamental y normativa del sistema político que abarca por supuesto, los aspectos culturales, económicos y sociales. Es decir, todos los ámbitos de la vida de las personas. El concepto de “valor político”, cobra un sentido mucho más amplio y genérico que constituye a la democracia como sistema.

Lo que se puede desprender de este análisis, es que si la igualdad y la libertad como valores políticos de la democracia tienen una vinculación directa, independientemente de los argumentos teórico-prácticos que se puedan esgrimir, ya sean filosóficos, políticos o sociales, lo consecuente y lo congruente sería que las democracias actuales se rigieran y se normaran con esos valores y con esas prioridades; los mecanismos electorales, constitucionales, institucionales o de administración, no deberían ser un fin, sino un medio para garantizar de manera progresiva, la igualdad y la libertad de las personas.

Si bien los sistemas políticos democráticos estipulan en sus cartas constitucionales o de derechos que la igualdad y la liberta son valores que rigen sus acciones y objetivos, los resultados que se pueden encontrar en la cotidianidad son muy distintos.

De hecho, la utilidad que se puede encontrar en el concepto de calidad de la democracia, radica en que posibilita el conocimiento sobre el grado o el nivel en que los sistemas políticos democráticos se acercan o se alejan de la igualdad y de la libertad; ofrece toda una metodología para determinar si ambos principios forman parte sustantiva del sistema o si se contemplan sólo de manera declarativa, limitada y/o parcial, ya sea en sus documentos constitutivos o en algunos de los procedimientos institucionales como las elecciones.

Fuente principal:

Mario Cruz Chavarría Suárez, EL ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO COMO PARADIGMA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN, Unidad Cuajimalpa, División de Ciencias Sociales y Humanidades, México 2017

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